Ministerio del Poder Popular para la Comunicacion y la Informacion
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Caracas, 9 de enero de 2009
19 de abril de 2006
Medios deben pagar aporte completo al Fondo de Responsabilidad Social
COMUNICADO OFICIAL
El Ministerio de Comunicación e Información informa que, conforme a lo establecido en el artículo 2 de las Normas Técnicas sobre las Condiciones de Prestación de los Servicios de Radio y Televisión, publicadas en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.281, de fecha 27 de Septiembre de 2005, “sólo se considerarán para la presente fecha como producciones nacionales independientes, a aquellos programas de producción nacional realizados por productores nacionales independientes inscritos en el registro que lleva el órgano rector en materia de comunicación e información del Ejecutivo Nacional, y cuyos espacios hayan sido asignados de acuerdo con los mecanismos y las condiciones de asignación de espacios a los productores nacionales independientes, establecidas por la Comisión de Programación de Televisión y la Comisión de Programación de Radio”, y que los mismos deberán ser difundidos previa identificación al inicio de la programación bajo esta figura de conformidad con el artículo 15 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, sin perjuicio de la modificaciones a que estén sujetos éstos y los demás productores que aspiren a la certificación de productores nacionales independientes de acuerdo con la normativa técnica aplicable que a tal efecto se apruebe.

Así mismo, se comunica a los prestadores de servicios de radio y televisión que, hasta tanto sean definitivamente aprobadas dichas normas técnicas sobre los mecanismos y las condiciones de asignación de espacios a los productores nacionales independientes, no podrán hacer valer la rebaja de la alícuota correspondiente a la contribución parafiscal del Fondo de Responsabilidad Social, prevista en el artículo 25 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión.


Caracas, 19 Abril de 2006.
MinCI
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